viernes, 13 de abril de 2012

EL CONTRATO

EL CONTRATO

El contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral

Tipos de contratos :

- Contrato indefinido
- Contrato indefinido de fijos-discontinuos
- Contratación de minusválidos
- Contrato para el fomento de la contratación indefinida
- Contrato para la formación
- Contratos en prácticas
- Contrato temporal para trabajadores desempleados en situación de exclusión social
- Contrato de obra o servicio determinado
- Contrato eventual por circunstancias de la producción
- Contrato de interinidad
- Contratación en sustitución por anticipación de la edad de jubilación
- Contrato de relevo
- Contrato a tiempo parcial
- Contratos de inserción
- Contrato de trabajo de grupo
- Contrato de trabajo a domicilio
Enlaces de INEM sobre los modelos de contrato: http://contratos.vlex.es/source/contratos-inem-195
Elementos de un contrato
Todo contrato, para ser válido, debe contener tres elementos esenciales: 
  • Consentimiento.
El consentimiento es la voluntad coincidente de los contratantes, debiendo ser éste consciente y libre.
 
  • Objeto.
El objeto de un contrato es el asunto sobre el que recaen los derechos y obligaciones que se estipulan en el mismo.
El objeto de un contrato debe ser:
Posible, ya que nadie se le puede obligar a llevar a cabo una acción imposible, sea física o jurídica.
Licito, en cuanto que debe sujetarse estrictamente a las posibilidades que el Derecho establece.
Determinado, esto es perfectamente definido, pudiendo realizarse esta determinación al nacimiento del contrato o con posterioridad a él.
Con contenido patrimonial, esto es, valorable en dinero.
  • Causa. La causa es la razón última por la cual se celebra el contrato.
Diferencia entre contrato en prácticas y contrato para la formación

Los contratos en prácticas son títulos profesionales habilitantes para celebrar el contrato en prácticas los de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado Universitario, Ingeniero, Arquitecto, y Técnico Superior de la formación profesional específica, así como los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional. Y Los Contratos de trabajo para la formación deben formalizarse en un modelo aprobado expresamente
     



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